
Méx. DF 20 de Julio.- Finalmente el Instituto nacional electoral publicó los acuerdos y mapas de la nueva distritación del Estado de Veracruz que será usada para las elecciones del próximo año. Ahora se podrá conocer a detalle cómo es la nueva distritación. Aún cuando se conservan los 30 distritos que ya existían, cambia el número de municipios y secciones electorales que integra a cada uno, así como en algunos casos su cabecera distrital. Una de las características notorias es que Veracruz es el primer estado de la República en que se reconoce la existencia de tres distritos electorales de las etnias.
En la distritación Federal Veracruz cuenta con 21 distritos electorales federales, los cuales contrastan con los 30 distritos locales que fueron modificados no en su número, pero si en su estructura poblacional, por secciones y municipios.
Al final del texto, encontrarás dos enlaces: uno donde podrás encontrar un mapa de los distritos y otro donde se da la lista de municipios y secciones que integra cada uno de los 30 distritos electorales. También podrás conocer las cabeceras distritales y saber dónde hubo cambios. Si estás en un teléfono celular te es posible que los enlaces no se visualicen. De ser el caso, te recomendamos usar una computadora.
Para quien desee conocer los distritos y en dónde quedó la casilla donde va a votar en la próxima elección le recomendamos ir directo a los enlaces. Para ello debes conocer que sección electoral comprende tú credencial de elector y buscar en qué distrito electoral quedó.
Características generales de cómo se hizo la distritación
La importancia de la nueva distritación es conocida por los expertos en política electoral pues afecta directamente la forma en que se integrará el Congreso veracruzano, así como la manera en que se decidirá quiénes son los candidatos a diputados de cada partido. Estas son algunas características generales de los principios, criterios y datos que rodean las modificaciones a la distritación deVeracruz.
1.- Siguen existiendo los mismos 30 distritos y los 20 diputados de representación proporcional. Lo que el INE hace es cambiar el número de habitantes por distrito con el objeto de evitar que existan distritos con poca población y otros con mucha población. Este fenómeno generaba que algunos diputados llegaran al congreso con pocos votos y otros requirieran más votos para poder ser legisladores. Es decir se creaba un fenómeno combinado de sobrerepresentación y subrepresentación.
La existencia de los 30 distritos se deriva de que el artículo 21 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, cuya reforma se publicó en el Periódico Oficial de esa entidad federativa el 9 de abril de 2014 y que se encuentra vigente, establece que el Congreso del Estado se compondrá por 50 diputados, de los cuales 30 serán electos por el principio de mayoría relativa en los Distritos electorales uninominales, y 20 por el principio de representación proporcional, conforme a las listas que presenten los Partidos Políticos en la circunscripción plurinominal que se constituya en el territorio del Estado.
2.- Lo que se hizo ahora fue dividir el total de la población registrada en el último censo entre los 30 distritos electorales. Antes existían distritos que tenían muchos electores y otros menos. Ahora todos los distritos tienen un número promedio de electores. En la práctica política esto hará que un candidato que antes participaba en un distrito con poca población ahora se le complique las cosas pues deberá hacer campaña en secciones electorales donde no lo conocen y requerirá más votos para ganar. Por el contrario, los distritos que bajaron en número de electores tendrán candidatos a los que les será más fácil hacer campaña. Claro, siempre y cuando no le hayan quitado de su distrito las secciones electorales donde tenía más presencia.
3.- Veracruz aporta los primeros 3 distritos electorales locales con características de las etnias. Esto es así porque en 47 municipios de Veracruz se encontró que más del 40 por ciento de la población pertenece a una etnia. Esto fenómeno lo hemos de estudiar en otro artículo que se publicará en breve. En dicho artículo diremos que significa en términos legales y electorales que un distrito sea considerado de las etnias.
La nueva distritación fue aprobada en sesión del Consejo General del INE mediante el punto de acuerdo 6.2 INE/CG412/2015.
La nueva demarcación territorial de los Distritos electorales uninominales en que se divide el estado de Veracruz y sus respectivas cabeceras distritales, deberá utilizarse a partir del Proceso Electoral local 2015-2016.
La nueva distritación la dejaron de hacer los diputados locales derivado del texto constitucional y no queda lugar a dudas que tras la reforma a la Constitución Federal de 10 de febrero de 2014, le compete al Consejo General del Instituto Nacional Electoral la determinación de la forma como se integran los distintos Distritos para las elecciones a nivel federal y estatal.
En distritación qué corresponde hacer al INE y qué al Estado de Veracruz
• Corresponde al Instituto Nacional Electoral la delimitación de los Distritos electorales y las secciones electorales en las que dichos Distritos se subdividan (artículo 41, Base V, Apartado B, inciso a), constitucional).
• No le corresponde al Instituto Nacional Electoral la delimitación de las circunscripciones plurinominales, ya que ese establecimiento forma parte de la configuración del sistema de representación proporcional que constitucionalmente se le confiere a los Estados (artículo 116, fracción II, párrafo tercero de la Constitución Federal, en concordancia con lo que establecen los artículos 41, Base V, Apartado B, inciso a) de la Constitución y 32, punto 1, inciso a), fracción II, 44, punto 1, inciso l) y 214 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales).
• No le corresponde al Instituto Nacional Electoral la determinación del número de los Distritos electorales en que se divide la entidad federativa para la elección de diputados por el principio de mayoría relativa, pues el establecimiento forma parte de la configuración de los sistemas de mayoría relativa y representación proporcional en la conformación de los Congresos de los Estados (artículo 116, fracción II, párrafo tercero de la Constitución Federal, en concordancia con lo que establecen los artículos 41, Base V, Apartado B, inciso a), de la Constitución y 32, punto 1, inciso a), fracción II, 44, punto 1, inciso l) y 214 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales).
Criterios usados para hacer la distritación
En su acuerdo los integrantes del Consejo del INE establecen los criterios generales usados para hacer la distritación del Estado de Veracruz:
“Este colegiado considera que la nueva distritación en el estado de Veracruz, deviene necesaria y es acorde a los principios de interpretación normativa pro homine, en atención a que con su implementación se persiguen los siguientes objetivos: A. Que cada voto emitido tenga el mismo valor, por servir siempre para elegir un número similar de representantes; B. Que en la delimitación de los Distritos no prevalezcan motivos políticos que beneficien a un partido en especial; C. Facilitar a los ciudadanos la emisión del sufragio, de tal forma que les sea asequible el traslado al lugar donde habrán de sufragar y la autoridad no encuentre dificultades para recibir los expedientes de casilla y realizar los cómputos respectivos, y D. La homogeneidad de la población, con lo cual se busca preservar, en la medida de lo posible, la división geográfica preestablecida de barrios, colonias, delegaciones, municipios y la integridad de comunidades rurales e indígenas”.
Los consejeros del INE también dieron a conocer los criterios usados para hacer la distritación. En el caso de Veracruz se aplicó por vez primera en el país el criterio de crear distritos con características favorables a las etnias. Así se dice:
“…se consideró lo señalado en diversas jurisprudencias emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relativas a que para la distribución de los Distritos Electorales Uninominales de una entidad federativa, se debe atender al criterio poblacional, lo que implicó tomar en cuenta el último censo general de población para el efecto de dividir la población total de la entidad entre el número de Distritos.”
“…se recurrió a los criterios de la integridad municipal; la compacidad; los tiempos de traslado; la continuidad geográfica; así como los factores socioeconómicos y accidentes geográficos, que aun cuando no se encuentren previstos en la normatividad aplicable, han sido producto de los estudios y de las experiencias en ejercicios pasados que los expertos han formulado para lograr la adecuada determinación de los proyectos de distritación en el ámbito federal; además, ha sido determinada su viabilidad para su utilización en la construcción de la demarcación territorial en las entidades federativas por el propio Comité Técnico para el Seguimiento y Evaluación de los Trabajos de Distritación”.
Sobre los distritos con características étnicas en el dictamen se dice:
“ Se detectaron 47 municipios cuyo porcentaje población indígena se encuentra por arriba del 40%, con respecto al total de su población residente. Adicionalmente y para los fines de cada escenario de distritación propuesto, se identificaron las agrupaciones con las cuales se construyeron 3 Distritos, mismos que fueron respetados en la configuración del escenario final.”
7. En la composición de las demarcaciones distritales propuestas, se observó lo siguiente: a. En la mayoría de los casos se presenta la característica de mantener colindancia en sus diferentes unidades geográficas de integración y vinculación (municipios y secciones electorales). b. El municipio de Tamalín se encuentra dividido por el municipio de Tantima en dos fracciones disconexas, con quien se agrupó, en asociación con otros municipios para integrar al Distrito marcado con el número 13. c. Se detectaron secciones que se encuentran divididas en fracciones disconexas dentro de las porciones territoriales de algunos municipios sin que ello incidiera negativamente en la construcción de Distritos Motivo por el cual se consideró que el principio de continuidad geográfica señalado en el criterio número 7 se cumple.
Adicionalmente, el escenario definitivo atiende las siguientes características:
1. Incorpora algunas sugerencias presentadas por las representaciones partidistas acreditadas ante los diferentes órganos de vigilancia e instancias electorales;
2. Preserva la integridad municipal;
3. Considera factores socioeconómicos de cada región, así como de los accidentes geográficos de la entidad, y
4. Mejora los índices de la función de costo.
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Distritos de Veracruz y su integración municipal Julio 2015
Mapa aprobado por INE de 30 distritos locales de Veracruz 2015