Toluca, Méx. 13 de Abril de 2016. Normalmente la discusión sobre los derechos de los hijos y el tipo de vida que deben llevar, llega después de la separación de la pareja o el divorcio, pero lo cierto es que estos existen de forma previa y posterior a ese hecho.
En efecto, el interés superior del menor, como lo llama la ley, obliga al Estado y/o a los padres a darle prioridad al menor sobre sus propios intereses sea cual sea la situación en la que se encuentra: con ambos padres, con uno o incluso en orfandad.
En esta breve entrevista, la Lic. en Derecho Ciuatl Neira nos da un interesante recorrido por las obligaciones que tenemos con los menores y cómo se deben cubrir. Explica que las obligaciones no caducan cuando el niño llega a los 18 años sino al momento de concluir su carrera, siempre y cuando el joven demuestre diligencia e interés por terminarla.
De la misma manera habla sobre la obligación de mantener el status quo del infante una vez que ocurra una separación y como las obligaciones no son las mismas para todos los padres, sino que dependen de la situación en la que se encontraba el menor y en las que se hallan ellos mismos.
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