Ojo: coaliciones pueden tener al mismo tiempo candidatos comunes

Toluca Méx. 15 de diciembre.- De acuerdo con una decisión dividida de los magistrados de la Sala Regional Federal de Toluca, en las próximas elecciones del 2018 los partidos políticos podrán podrán unirse para crear una coalición sin que ello les impida proponer en ciertos lugares candidaturas comunes para diputados y ayuntamientos. Esta medida está siendo recurrida por morena pues afirma que eso permite a un partido político fuerte usar a un partido político débil para transferirle votos.

Originalmente el Partido Verde Ecologista había preguntado al IEEM si era posible o no que al tiempo de firmarse una coalición con otro partido se estuviera en posibilidades de presentar candidatura común. La autoridad del IEEM respondió de forma negativa y dijo que era coalición o candidatura común pero no se podían ejercer las dos facultades por los mismos partidos.

En la señalada respuesta, el instituto electoral estableció que no era posible a los partidos políticos participar por ambas modalidades para una misma elección en diversos municipios o distritos. El Verde impugnó esta decisión ante el tribunal electoral local el cual determinó que la respuesta del IEEM era incorrecta pues en la legislación aplicable no se advertía restricción en ese sentido, por lo que revocó el acuerdo en cuestión.

Esta sentencia de los magistrados estatales fue controvertida pero ahora por el partido político MORENA, quien entre otras cuestiones alegó la posible existencia de un fraude a la ley, a partir de la utilización de ambas formas de participación y la transferencia de votos a través del convenio de candidatura común.

Sin embargo los magistrados de la Sala Regional Federal de Toluca confirmaron por mayoría de votos la sentencia del tribunal electoral estatal, estimando que fue correcto concluir que la legislación aplicable de ninguno modo restringe el que un instituto político contienda, en un mismo proceso, a través de dos figuras de participación conjunta, coalición y candidatura común.

La mayoría consideró que la participación en cualquiera de sus modalidades, son formas de asociación política permitidas y reconocidas tanto en la Constitución General de la República como en la Ley General de Partidos Políticos, al igual que, en el caso del Estado de México, en el Código Electoral local, de modo que no hay asidero jurídico para establecer una prohibición que el legislador no diseñó así.

 

Posibilidad de participar en coalición y candidatura común en un mismo proceso
Entre los asuntos resueltos se encuentra el promovido por el partido político MORENA a fin de controvertir la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México, que revocó la respuesta dada por el instituto electoral de la referida entidad a la consulta del Partido Verde Ecologista de México, concerniente a la participación mediante las figuras de coalición y candidatura común en un mismo proceso.

De acuerdo al artículo 75 del Código Electoral del Estado de México «La candidatura común es la unión de dos o más partidos políticos, sin mediar coalición,para postular al mismo candidato, fórmulas o planillas, cumpliendo los requisitos de este Código».

Por su lado el artículo 77 del mismo ordenamiento citado sostiene en sus fracciones e y g que en la candidatura común se firmará un convenio por medio del cual los partidos que postulan un mismo candidato puedan distribuirse los votos y definir, en caso de ganar, a qué fuerza política pertenecen las autoridades electas:
Artículo 77. e) La forma en que se acreditarán los votos a cada uno de los partidos políticos que postulan la candidatura común, para efectos de la conservación del registro, para el otorgamiento del financiamiento público y en su caso, para otros aquellos que establezca este Código.
Artículo 77. g) Para las elecciones de diputados y miembros de los ayuntamientos, determinar el partido político al que pertenecerán los candidatos en caso de resultar electos.

Es casi seguro que el partido morena vuelva a controvertir la sentencia de la sala regional de Toluca y pedir la intervención de la Sala Superior para evitar que dos o más partidos al mismo tiempo de tener una coalición puedan firmar convenios de candidatura común.