El Servicio de Administración Tributaria informa (SAT) anunció que se amplía hasta el 15 de mayo el plazo para presentar declaración anual, al tiempo de detallar que se ha acordado la devolución de 4.7 mil millones de pesos a contribuyentes que hicieron ya su declaración anual 2017.
Sobre la ampliación del plazo, el SAT informó que esta medida se tomó derivado de las inconsistencias encontradas en el llenado de los comprobantes de nómina y en atención al interés de cumplir por parte de los contribuyentes.
Este año, por primera vez se utiliza la información directamente de los comprobantes de nómina para prellenar los ingresos en la Declaración Anual bajo una lógica de servicio; sin embargo, se identificó que algunos patrones presentaron, entre otras, las siguientes inconsistencias: captura errónea de conceptos como primas vacacionales, primas de antigüedad, ingresos por jubilación, separación e indemnización, diferencias entre lo reflejado en comprobantes y lo pagado, incongruencia entre los totales de los comprobantes y sus subtotales.
Desde julio del año pasado, el SAT trabaja junto con los patrones sobre estas inconsistencias, a fin de que los contribuyentes puedan declarar, lo que permitió que miles corrigieran a tiempo. Sin embargo, existen todavía patrones que inclusive en abril están ajustando los comprobantes de nómina que debieron corregir a más tardar en los primeros días de enero.
La regla que da sustento jurídico a esta medida será publicada en los próximos días de manera anticipada en el portal del SAT y después en el Diario Oficial de la Federación.
Autoriza SAT regresar 4.7 mil millones de pesos a contribuyentes
El Servicio de Administración Tributaria informa que, al 22 de abril, se ha autorizado la devolución de 4,716 millones de pesos a los casi 2.5 millones de contribuyentes que han presentado la Declaración Anual del ejercicio 2017.
La cantidad de declaraciones con saldo a favor del impuesto sobre la renta se ha incrementado en la misma proporción que el total de declaraciones y, se espera un incremento de estas cifras durante los próximos días, ya que, gracias al trabajo conjunto con el sector privado, los patrones han venido subsanando las inconsistencias en el timbrado de sus nóminas.
Si algún contribuyente tiene dudas respecto del monto del saldo a favor que se le determinó, puede ingresar a la aplicación a verificar nuevamente su información y, en caso necesario, presentar una declaración complementaria y, si es el caso, recibir el remanente.
La Declaración Anual se presenta por Internet y también por este medio se puede obtener asesoría a través del chat; no obstante, si se requiere atención personalizada se puede agendar una cita y acudir a las oficinas que permanecerán abiertas de martes a viernes de 08:00 a 18:00 horas, sábado 28 de abril de 08:00 a 15:00 horas y el lunes 30 de abril de 08:00 a 20:00 horas o hasta que se atienda al último contribuyente.
La fecha límite para que los contribuyentes obligados presenten su declaración es el lunes 30 de abril. En general, los asalariados que percibieron ingresos de un solo patrón y además tuvieron ingresos por intereses menores de 20 mil pesos al año, pueden optar por no declarar o declarar en cualquier momento. El detalle se puede consultar en el portal del SAT.